El Claustro

El Claustro de la universidad es el mximo rgano de representacin y control de la comunidad universitaria

Imaxe do Claustro


El Claustro debe servir de mbito para la formulacin de interpelaciones al rector o rectora y a los miembros de su equipo, as como al resto del Consejo de Gobierno.

  • Elaborar, aprobar y modificar los estatutos de la Universidad.
  • Aprobar su reglamento de régimen interno y otros previstos en estos estatutos como desarrollo de los contenidos de sus ttulos I e II.
  • Convocar, con carcter extraordinario, elecciones a rectora o rector en los términos fijados en estos estatutos.
  • Crear las comisiones que considere oportunas y elegir a sus miembros.
  • Elegir a los y las representantes en el Consejo de Gobierno y en las comisiones especficas no delegadas, cuando as se especifique en los propios estatutos.
  • Elegir y, en su caso, revocar a la defensora o defensor universitario, aprobar su reglamento y recibir y aprobar su informe anual.
  • Informar preceptivamente sobre la propuesta de creacin, modificacin o supresin de centros y de unidades docentes y de I+D+i.
  • Aprobar las normas relativas al régimen disciplinario de los miembros de la comunidad universitaria.
  • Conocer y debatir las lneas estratégicas, programticas y presupuestarias de la Universidad.
  • Conocer y debatir los informes que deba presentar la rectora o rector.
  • Informar preceptivamente sobre las funciones correspondientes al Consejo de Gobierno recogidas en los apartados i), k) y l) del artculo 16.
  • Cuantas otras funciones le atribuyan los estatutos o la legislacin vigente.

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Son miembros natos delÌýClaustro:

  • La rectora oÌýrector
  • La secretaria oÌýsecretario general
  • La gerenta oÌýgerente
  • Las decanas oÌýdecanos yÌýdirectoras oÌýdirectores de facultades yÌýde escuelas

El conjunto de los miembros natos yÌýelectos deber respectar la siguiente distribucin por sectores:

  • 51 %: profesorado doctor con vinculacin permanente (PDI-A)
  • 9 %: resto delÌýpersonal docente e investigador (PDI-B)
  • 25 %: estudiantado
  • 15 %: personal de administracin yÌýservicios (PTGAS)

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